Comunicaciones comerciales por email
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En todas las comunicaciones comerciales a distancia deberá constar inequívocamente su carácter comercial.
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El destinatario podrá revocar en cualquier momento el consentimiento prestado a la recepción de comunicaciones comerciales con la simple notificación de su voluntad al remitente.
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Los prestadores deben habilitar procedimientos sencillos y gratuitos para que las personas destinatarias puedan revocar el consentimiento. Este procedimiento deberá consistir necesariamente en la inclusión de una dirección de correo electrónico u otra dirección electrónica válida donde pueda ejercitarse este derecho quedando prohibido el envío de comunicaciones que no incluyan dicha dirección.(Art. 22.1 LSSI)